Base jurídica | Art. 6.1.a) del RGPD, el interesado dio su consentimiento para el tratamiento de sus datos personales para uno o varios fines específicos.
Art. 6.1.b) del RGPD, el tratamiento es necesario para la ejecución de un contrato en el que el interesado es parte o para la aplicación a petición de este de medidas precontractuales.
Art. 6.1.c) del RGPD, el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento.
Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de Derechos Digitales.
RD 1993/1995, de 7 de diciembre, aprueba el Reglamento de Colaboración de las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social.
Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.
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Fines de tratamiento | Gestión de viajes y traslado (no medicalizado) del colectivo protegido y acompañantes para asistencias.
Gestión de viajes de empleados por razones de su puesto.
Gestión de viajes de miembros de la Junta Directiva por razones de su cargo.
Estadísticas.
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Colectivo | Colectivo protegido; Empleados; Junta Directiva |
Categorías de datos | Datos personales: Nombre y apellidos, DNI/NIF/Documento identificativo, teléfono o móvil de contacto y correo electrónico.
Datos profesionales: número de empleado, centro de trabajo y responsable al orgánico (para empleados) o número de siniestro (para pacientes y acompañantes)
Datos para la aplicación de tarifas especiales: número de tarjetas de fidelización para hoteles y transportes.
Datos de salud estrictamente necesarios para garantizar la movilidad o accesibilidad del paciente en el viaje.
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Categorías de destinatarios | Compañías de transporte.
Agencias de viajes y soporte telefónico 24 h.
Establecimientos Hoteleros.
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Transferencias internacionales | No hay transferencias internacionales de datos. |
Plazo de supresión | El necesario para cumplir la finalidad del contrato y cumplir con las prescripciones legales exigibles |
Medidas de seguridad | Las medidas de seguridad implantadas se corresponden con las previstas en el Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad y que se encuentran descritas en los documentos que conforman la Política de protección de datos y seguridad de la información de MAZ, M.C.S.S. Nº 11. |
Entidad responsable | MAZ, Mutua Colaboradora con la Seguridad Social nº. 11
C/ Sancho y Gil, nº 2-4, 50001, Zaragoza
CIF G50005231 |