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Déficit público y gestión pública

 José María Gimeno Feliú

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La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) acaba de imponer una sanción ejemplar, de casi 100 millones de euros, a varias empresas adjudicatarias de contratos públicos de gestión de residuos. ¿El motivo? Tener acuerdos para cerrar y repartir el mercado e impedir la competencia, con la consecuencia de precios más altos (que pagamos los ciudadanos). Así, frente a casos de corrupción publica, existen también prácticas empresariales que buscan enriquecimiento ilícito a costa de los fondos públicos.
 
El ejemplo no es una anécdota.
 
La referida CNMC (como antes ya había aproximado el Observatorio de Contratación Pública, con sede en la Universidad de Zaragoza) ha cifrado en 48.000 millones de euros el coste de las prácticas de corrupción, prácticas restrictivas de competencia e ineficiencias en el mercado de los contratos públicos (lo que equivaldría a reducir el déficit público ¡en cuatro puntos!).
La conclusión resulta muy evidente. Existe margen para reconducir las políticas presupuestarias desde una nueva gobernanza pública. Sin duda, debe reformarse la legislación de contratos públicos para favorecer la máxima transparencia, eliminando procedimientos y prácticas caracterizados por la opacidad: negociación sin publicidad por la cuantía o generalización de los modificados contractuales o exigencias técnicas a la carta, conflictos de intereses por motivos económicos o familiares, diseño indebido del contrato o incorrecta tipificación, etc.
 
Pero, sobre todo, es cada vez más necesario revisar los sistemas de control previos, incluso dentro de la propia Administración, en sustitución del modelo tradicional de recurso administrativo (como acaba de proponer el profesor J. Bermejo Vera, en su conferencia sobre esta cuestión en la Asociación de Profesores de Derecho Administrativo, celebrada en Madrid el 5 de febrero). Un buen ejemplo es el papel a desempeñar por los tribunales de cuentas (la Cámara de Cuentas, en Aragón) como elemento no solo fiscalizador, sino de prevención. Lejos de cuestionar su función (o recentralización) debe reconfigurarse el modelo, dotándolo de nuevas prerrogativas, asumiendo que la adecuada dotación económica y de medios personales, así como el reconocimiento a sus decisiones es la mejor inversión pública, al permitir que se reduzcan sensiblemente patologías e ineficiencias (al margen de los motivos que las generen).
Lo mismo puede decirse del Defensor del Pueblo y sus equivalente autonómicos (Justicia de Aragón), que deben adquirir un nuevo y mayor protagonismo en el control de la actuación de los poderes públicos, y que debe ir más allá de la mera formulación de recomendaciones.
 
Lejos de la idea de quienes creen que es necesario reducir la presencia de lo público, que consideran un obstáculo, la arquitectura de un sólido sistema de gobernanza pública permitirá una mayor eficiencia y, en consecuencia, una mejor aplicación de las políticas públicas (sanidad, educación, servicios sociales, etc.). Y para ello, con ser muy importante, no basta con la mejor cualificación y profesionalización del personal público ni con la necesaria colaboración entre administraciones públicas ni con normas que generen mayor transparencia. Un sistema de control no judicial previo, independiente, especializado, descentralizado y rápido es la clave para el correcto funcionamiento del sistema administrativo en España. Y las experiencias recientes, aun con las evidentes debilidades, así lo avalan. Así, lejos de cuestionar el papel que deben cumplir, deben impulsarse como instrumento de profilaxis en la gestión de lo público y mejor herramienta para reducir y ajustar el déficit público.
 
Es posible un nuevo modelo de gobernanza pública –y de política–, que, sumando las distintas y necesarias funciones, pues son complementarias, se comporte de forma armónica, facilitando la necesaria eficacia administrativa y preservando la idea del derecho a la mejor administración, de la que la eficiencia es uno de sus mayores exponentes. Esa fue, por cierto, una de las reflexiones del citado Congreso de la Asociación de Profesores de Derecho Administrativo (que ahora preside el catedrático de Zaragoza Fernando López Ramón), que acredita la vocación de los universitarios para, desde la libertad de pensamiento, advertir patologías, orientar pautas de actuación y realizar propuestas de mejora normativa.
 
José María Gimeno Feliu
Catedrático Derecho Administrativo. Universidad de Zaragoza
Presidente del Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de Aragón.
Director del Observatorio de Contratos Públicos